La primera indicación de gitanos en España data de 1425; se trata de un
salvoconducto otorgado en Zaragoza por Juan II de Aragón, a favor de “Don Johan
de Egipte Menor” (de aquí vendría el nombre de egipcianos que se convertiría en
egiptanos y después en gitanos) para peregrinar a Compostela. De facto los
peregrinos gozaban de muchos privilegios en la sociedad española del siglo XV,
sociedad dominada por el espíritu de las
cruzadas contra el Islam y de consecuencia por una exaltación de los
valores religiosos. A partir de entonces los gitanos se difundirían en toda
España; sin embargo la actitud hospitalaria no duraría mucho ya que, con la
unificación de los reinos de Castilla y Aragón, la hegemonía del cristianismo
acaba con la convivencia pacífica entre las diferentes culturas y religiones
(árabe, cristiana y judía) dando lugar al fanatismo, al intolerancia y la
represión.
En ese contexto los gitanos parecen gente peligrosa. Su manera de vivir en
libertad y el apego a sus costumbres chocaban con la sociedad homogénea que
pretendían los Reyes Católicos, quienes, en 1499, decretan la primera
pragmática contra los gitanos, un conjunto de decretos que inaugura
una gran represión política, cuyos objetivos eran el asentamiento o la
expulsión.
En el texto de dicha pragmática se explican las razones que han llevado a
tan graves medidas: "Sabed que se nos ha fecho relación de que
vosotros andáis de lugar en lugar
muchos tiempos e años ha, sin tener oficios ni otra manera de vivir alguna,
salvo pediendo lemosna, é hurtando, é trafagando, engañando é faciendovos
fechiceros, é faciendo otras cosas no debidas ni honestas".
El resultado no
fue tan "eficaz" pero se logró el asentamiento de algunos gitanos que
se quedaron a vivir conjuntamente en barrios en los suburbios de las ciudades
que se llamaron gitanerías.
Las pragmáticas que siguen alternan actitud represiva y tentativas
liberalizadoras.
Fernando VI, en
la noche del 30 de julio de 1749, ordena el encarcelamiento de todos los
gitanos (algunos quedaron en prisión, otros fueran mandados a trabajar en
arsenales y minas) y en 1763 se libertan todos los gitanos que todavía
permanecían encarcelados.
La pragmática de 1783 (estamos en el siglo de las luces), aunque incluyendo
artículos innovadores, es un programa de asimilación e inserción forzada. Se prohíben los
trajes, la música, la lengua y, sobretodo de la práctica del nomadismo: a los
romaníes que no dejaban su vida errante se les despojaban de sus hijos.
El resultado de
este tipo de política fue la "sedentarización", sobretodo a partir de
la primera mitad del siglo XIX. Un momento importante es el de la Constitución
de Cádiz, en 1812, cuando se les reconocen como ciudadanos españoles. Los
gitanos asentados en las ciudades, empiezan a ocuparse de ganadería y
agricultura destacándose también como consumados herreros; empezando a cubrir
un espacio económico en la sociedad española conquistan también cierto social y
respeto.
Con el franquismo [E1] [I2] vuelven las medidas antigitanas; el Reglamento prohíbe hablar romaní
y llevar vida nómada se considera delito.
Con la
Constitución se derogan todos los artículos antigitanos del Reglamento de la
Guardia Civil franquista y se declara la igualdad de los gitanos ante la ley,
constituyendo delito la discriminación.
Los gitanos presente hoy en día en el territorio español son entre los
500.000 y los 600.000, cuya mayoría reside en Andalucía (cerca de 300.000, un
5% de la población total de la comunidad autónoma andaluza). Tras Andalucía,
las regiones donde se concentra gran parte de la población gitana son
Extremadura, Madrid, Valencia y Cataluña.
La mayoría de la población gitana se concentra en los suburbios de las
ciudades, dedicándose a la venta ambulante y al trabajo temporero en el campo.